jueves, 31 de julio de 2014

derechos de la mujer

derecho de la mujer
 La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común.
 El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.
- El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.
- La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.
 - Las leyes de la naturaleza y de la razón prohíben todas las acciones perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.
- La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.
- Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.
 - La Ley sólo debe establecer penas estrictas y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.
- Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.
¿Cuáles son los derechos de las mujeres?
 
   
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* DERECHO A LA SALUD
La salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos. Al igual que todos, el derecho a la salud impone al Estado la obligación de respetar, proteger y facilitar su ejercicio.
Esto, también incluye a la Salud Sexual y Reproductiva que es un derecho inclusivo amplio, el cual no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores sociales, económicos y culturales determinantes de la salud. El derecho a la Salud está reconocido en los siguientes instrumentos de Derecho Internacional y Nacional.
■  Declaración universal de Derechos Humanos de 1948, aprobada por el Perú en 1959.

■ Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966. Aprobado por el Perú en 1978.

■ Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965. Aprobada por el Perú en 1971.


■ Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1981. Aprobada por el Perú en 1982.


■ Convención sobre los Derechos Del Niño de 1990. Aprobada por el Perú en 1990.


■ Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” de 1988. Aprobado por el Perú con Resolución Legislativa.


El Estado debe garantizar que toda persona pueda: decidir cuántos hijos va a tener, decidir el espaciamiento de los hijos, regular su comportamiento sexual según su propia forma de ser, sentir y pensar sin tener miedo o vergüenza, estar libre de enfermedades y deficiencias que interfieran con sus funciones sexuales y reproductivas. 


Las personas deben ejercer estos derechos en forma responsable, respetando la integridad, física, mental y social de las otras personas y asumir responsabilidad por las consecuencias de sus conductas sexual y reproductiva.


Estos derechos, como parte del Derecho a la Salud, están protegidos por la legislación internacional referente a Derechos Humanos (Pactos, Convenciones y Protocolos) y por otros documentos de las Naciones Unidas.

Los derechos sexuales y reproductivos están relacionados con el libre ejercicio individual de la sexualidad y la reproducción, independientemente de la edad, condición social, raza y religión y sin estar sujeto a la coerción, discriminación o violencia. 
Además, motivan a que los hombres comprendan sus funciones y responsabilidades de respetar los derechos humanos de la mujer, proteger su salud y contribuir a que sus parejas ejerzan sus derechos sexuales y reproductivos, así como a compartir la responsabilidad de los quehaceres del hogar y la crianza de los hijos, aspectos que influyen en la condición y calidad de salud de las mujeres.
También garantiza la competencia técnica de los proveedores de servicios de salud para organizar estos, de tal manera que favorezcan la atención integral y todos los aspectos asociados a la salud sexual y reproductiva.
En resumen, los derechos sexuales y reproductivos garantizan la convivencia y la armonía sexual entre hombres y mujeres, entre adultos y menores, logrando que la sexualidad y la reproducción se ejerzan con libertad y respetando la dignidad de las personas, permitiéndole al ser humano el disfrute de una sexualidad sana, responsable, segura y con el menor riesgo posible.
Los siguientes son algunos Derechos Sexuales y Reproductivos:


Derecho a la Vida, a la integridad física psíquica y social y a la seguridad de la persona.

Derecho a la igualdad y a la no discriminación.

Derecho a la privacidad.

Derecho a la libre información y a la educación.

Derecho a decidir si contraer o no matrimonio y fundar una familia.

Derecho a decidir si tener o no hijos y cuando tenerlos.

Derecho a la atención y la protección de la salud.

Derecho a los beneficios del progreso científico.

Derecho a una vida libre de violencia.

Derecho a la igualdad y equidad.

Derecho a la atención a la salud reproductiva.


* DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

Son parte inseparable e indivisible del derecho a la salud y de los derechos humanos. Su finalidad es que todas las personas puedan vivir libres de discriminación, riesgos, amenazas, coerciones y violencia en el campo de la sexualidad y la reproducción. 


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